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Figura de una casa partida en dos con dos anillos encima, simbolizando la división de bienes tras un divorcio.

¿Quién se queda con la casa en un divorcio?

Quién se queda con la casa en un divorcio depende de factores tan diversos como si hay hijos, si estos son mayores o menores de edad, o la situación económica que tiene cada uno de los miembros de la pareja.

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¿Qué se considera vivienda familiar?

Para saber quién se queda con la casa en un divorcio primero hay que tener claro el concepto de vivienda familiar.

Se define como aquella que se ha utilizado a modo de domicilio habitual durante el matrimonio o la unión de la pareja. 

¿Qué pasa con la vivienda familiar tras el divorcio?

La vivienda familiar es aquella que ha constituido el hogar de la pareja y sus hijos (si los hay), donde han convivido con la intención de establecer un núcleo familiar estable.

A efectos del divorcio, determinar quién se queda con ella suele ser uno de los puntos más conflictivos, y es que su importancia se extiende a diferentes niveles:

  • Interés superior del menor. En caso de que la pareja tenga hijos menores, la atribución del domicilio familiar va a priorizar que los niños puedan permanecer en un entorno que es familiar y les resulta estable y conocido.
  • Protección del cónyuge más vulnerable. Al hacer el reparto se intenta también proteger al cónyuge que está en una situación económicamente más desfavorable, especialmente si es el que tiene atribuida la custodia de los hijos menores.
  • División del patrimonio. Dado que la casa es uno de los bienes más valiosos dentro del patrimonio familiar, es habitual que muchos conflictos de intereses en el divorcio o separación versen en torno a ella.

Para determinar qué ocurre con la vivienda, es importante tener en cuenta si hay o no hijos y quién es el titular de la propiedad.

Régimen económico matrimonial

Otro aspecto importante para determinar quién se queda con la casa en un divorcio es el régimen económico matrimonial existente.

  • Sociedad de gananciales. Si la pareja estaba casada en régimen de gananciales y la vivienda se compró tras el matrimonio, esta pasa a ser un bien común. La solución más efectiva en estos casos es vender el inmueble o que uno pague su parte al otro y se convierta en el único propietario. Hasta que se resuelva esta cuestión, el juez puede acordar un uso y disfrute por temporadas.
  • Separación de bienes. Si la vivienda era de una sola de las partes, continúa siéndolo tras el divorcio.

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Divorcio con hijos: ¿quién se queda en la vivienda?

En la separación con hijos, decidir quién se queda en casa depende de dos factores:

  • El tipo de guarda y custodia establecida.
  • Si los hijos son menores o mayores de edad.

Atribución del uso de la vivienda con hijos menores de edad

En los casos de custodia monoparental o exclusiva, en defecto de otro acuerdo entre los padres, el uso de la vivienda familiar se atribuye a los hijos menores de edad y al progenitor en compañía del que quedan. Esto se aplica aunque la vivienda familiar sea de propiedad exclusiva del progenitor no custodio, e incluso si la vivienda pertenece a un tercero, porque lo que prima aquí es proteger el interés superior de los menores.

En los supuestos de custodia compartida, si no hay acuerdo entre los progenitores, resuelve el juez atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso, y se pueden dar varias soluciones:

  • Si la vivienda familiar es de ambos progenitores. Se puede atribuir el uso por períodos alternos para residir en ella en compañía de los hijos o se puede atribuir el uso exclusivo temporal a un solo progenitor (el que necesite de mayor protección económica).
  • Si la vivienda familiar es propiedad exclusiva de uno de los progenitores. Es posible atribuir el uso exclusivo temporal al no propietario si es el más necesitado de protección y no tiene otra posibilidad para proveerse un domicilio adecuado. También se puede atribuir el uso en exclusiva al titular.

Para los casos de custodia repartida o distributiva, en los que cada progenitor tiene la custodia monoparental de alguno de los hijos, la ley no prevé una solución en lo que respecta al uso de la vivienda familiar. En la práctica, se intentan buscar alternativas como dividir la vivienda familiar en dos partes (si esto es posible) o atribuir un uso temporal y rotatorio a cada grupo familiar.

Atribución del uso de la vivienda con hijos mayores de edad

En estos casos la vivienda pertenece a su legítimo titular si es de propiedad exclusiva, pero se puede atribuir un uso temporal al otro cónyuge y a los hijos mayores de edad dependientes económicamente si se estima conveniente, siempre y cuando su interés sea el más necesitado de protección.

En la mayoría de los casos de vivienda en copropiedad, se suele optar por la venta del inmueble para repartir el dinero o, en su defecto, se extingue el condominio y uno de los cónyuges pasa a ser el propietario total del inmueble, previo abono al otro de su parte.

Custodia compartida: atribución de la vivienda familiar

Hasta hace unos años, en caso de divorcio con hijos menores, la guarda y custodia se atribuía en exclusiva a uno de los progenitores (generalmente la madre). Esto ha cambiado a medida que la sociedad ha evolucionado y, siguiendo la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, ahora se opta prioritariamente por la custodia compartida. Fenómeno que influye en cómo se atribuye el uso de la vivienda familiar. 

No hay una regla fija sobre qué hacer con la vivienda familiar en estos casos, pero las soluciones más habituales son:

  • Dos viviendas. Que cada progenitor tenga su propia casa y los niños se desplacen de una a otra.
  • Una vivienda familiar. La familia conserva el domicilio familiar y los niños alternan su estancia en ella con la estancia en la vivienda que tiene el otro progenitor. 
  • Venta de la vivienda familiar. Se vende el que fue el domicilio familiar y cada progenitor busca una nueva solución habitacional.
  • Casa nido. Los niños permanecen siempre en la vivienda familiar y son los padres los que van rotando.

En caso de que se decida la atribución de la vivienda familiar en exclusiva para un solo progenitor, esto se suele hacer para dar mayor protección a quien queda en una situación económica más desfavorable tras el divorcio. Además, se determina el período de tiempo durante el que se podrá hacer uso de la vivienda en exclusiva, que suele coincidir con la adquisición de independencia económica por parte de los hijos cuando son mayores de edad.

En defecto de acuerdo, el juez decidirá sobre este tema atendiendo a factores como:

  • Interés superior del menor.
  • Capacidad económica de cada uno de los progenitores.
  • Vínculo afectivo de los hijos con la vivienda.

Divorcio sin hijos: ¿quién se queda con la vivienda?

En este caso se presta atención a los siguientes criterios para tomar una decisión:

Titularidad de la vivienda

  • Propietario único. Lo habitual es que el titular se quede con la propiedad y la posesión, pero en circunstancias excepcionales se puede atribuir el uso temporal a la otra parte.
  • Propiedad común. Se valoran diferentes factores para decidir si es mejor venderla, atribuir el uso de forma temporal a una de las partes o extinguir el condominio.

Necesidad de protección

  • Se tiene en cuenta la situación económica de cada cónyuge para decidir quién tiene más necesidad de la vivienda.
  • Si uno de los cónyuges puede tener más dificultades para encontrar una nueva vivienda, la balanza se puede inclinar a su favor.

Acuerdo entre las partes

Si la ex pareja consigue llegar de mutuo acuerdo a una solución para la atribución de la vivienda familiar y este no perjudica gravemente a ninguna de las dos partes, el juez respetará esa decisión.

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¿Qué pasa si la vivienda es propiedad de solo uno de los cónyuges?

Si la vivienda es propiedad exclusiva de uno solo de los cónyuges, lo normal es que tras el divorcio pase a tener también la posesión en exclusiva.

Sin embargo, se puede establecer un derecho de uso temporal a favor de la otra parte si:

  • Hay hijos menores de edad o mayores de edad independientes económicamente que conviven con ella.
  • Está en una situación de especial vulnerabilidad económica y requiere protección.

¿Qué se valora al atribuir el uso de la vivienda?

  • Interés superior del menor, dando prioridad a este para permanecer en la vivienda.
  • Necesidad de protección de cada cónyuge a nivel económico.
  • Titularidad del inmueble.
  • Contribución que ha hecho cada parte a la compra o mejora de la vivienda.
  • Duración de la convivencia.
  • Circunstancias personales de cada cónyuge: desempleo, enfermedad, edad, si es ciudadano de otro país, etc.
  • Acuerdos entre las partes que sean justos y equitativos.

¿Quién paga los gastos de la vivienda tras el divorcio?

Los suministros y los gastos normales de mantenimiento corren a cargo de quien tiene atribuido el uso de la vivienda. Si este está repartido, cada uno se hace cargo de los gastos que se producen durante su permanencia en la vivienda.

Por lo que respecta a la hipoteca:

  • Si la vivienda tiene un único titular, este es el obligado al pago, aunque el derecho de uso lo tenga la otra parte.
  • Si es una vivienda común, el gasto se reparte por mitad.

Casos en los que la pareja no está casada

Si hay hijos menores de edad o mayores de edad dependientes económicamente o incapacitados, el progenitor que se queda en su compañía tiene derecho al uso de la vivienda, con independencia de que la titularidad del inmueble sea compartida o la tenga en exclusiva la otra parte.

También se puede atribuir el uso temporal, incluso si no hay hijos, a quien se queda en una situación económica que requiere de mayor protección.

En realidad, las soluciones que se pueden adoptar son exactamente las mismas que en los supuestos de parejas casadas.

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