Familia.legal

Tu Guía Definitiva de Derecho de Familia

Pensión de alimentos

¿Sabías que la pensión de alimentos garantiza el bienestar de los hijos tras un divorcio? Descubre cómo se determina, modifica y extingue esta importante contribución económica.

La pensión alimenticia o pensión de alimentos es la contribución económica que deben pagar ciertos familiares en favor de sus parientes en estado de necesidad. Generalmente, se utiliza el término para referirse a la pensión que deben recibir los hijos de padres divorciados o separados. Según el Artículo 142 del Código Civil, la pensión de alimentos incluye todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causas que no le sean imputables.

¿A quién va dirigida esta pensión?

Este término se aplica principalmente a los hijos de padres divorciados o separados, pero también puede incluir a cónyuges, ascendientes y descendientes, y en ciertos casos, a hermanos. Es importante entender que la mayoría de edad no supone la extinción del derecho a la pensión de alimentos, siempre y cuando el hijo no disponga de ingresos propios por causas ajenas a su voluntad, como seguir estudiando.

Diferencia entre pensión de alimentos y pensión compensatoria

La pensión de alimentos y la pensión compensatoria son dos figuras jurídicas distintas que tienen como objetivo proporcionar apoyo económico, pero se aplican en contextos y a personas diferentes. Es fundamental entender estas diferencias para no confundir sus funciones y los requisitos legales que las regulan.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

La pensión de alimentos, según el Artículo 142 del Código Civil, incluye todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del alimentista. Esta pensión es esencialmente una contribución económica destinada a asegurar la subsistencia de los hijos en casos de separación o divorcio de los progenitores. Se aplica también a otros familiares en estado de necesidad, pero en el contexto de divorcios y separaciones, se enfoca principalmente en los hijos menores de edad y los mayores no emancipados sin ingresos propios por causas ajenas a su voluntad. La pensión de alimentos se establece para garantizar que los hijos continúen recibiendo apoyo económico para cubrir sus necesidades básicas y educativas, independientemente de la situación económica de los padres. 

Por otro lado, la pensión compensatoria, regulada en el Artículo 97 del Código Civil, se otorga al cónyuge que, tras la separación o el divorcio, queda en una situación de desigualdad económica en comparación con la otra parte. Esta pensión tiene como objetivo equilibrar las diferencias económicas resultantes de la ruptura matrimonial, asegurando que el cónyuge perjudicado no sufra una disminución significativa en su nivel de vida debido a la separación o divorcio.

La pensión compensatoria se puede conceder en casos donde uno de los cónyuges ha sacrificado su carrera profesional o ha asumido un rol predominante en el cuidado del hogar y los hijos, lo que se ha traducido en una desventaja económica al momento de la separación. El tribunal puede fijar la pensión compensatoria de forma temporal o indefinida, dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso.

Derechos de los hijos menores y mayores no emancipados

Los principales beneficiarios de la pensión de alimentos en el contexto de divorcios o separaciones son los hijos menores de edad y los mayores no emancipados que no dispongan de ingresos propios por causas ajenas a su voluntad. El Artículo 93 del Código Civil establece que en caso de separación, nulidad o divorcio, el juez determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer las necesidades del hijo, incluidas las bases para la actualización y la forma de abono.

  1. Hijos menores de edad: tienen derecho a recibir una pensión de alimentos que cubra todas sus necesidades básicas, educativas y de sustento. Esta obligación es prioritaria y se mantiene hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad y puedan mantenerse por sí mismos.
  2. Hijos mayores no emancipados: el hecho de alcanzar la mayoría de edad no extingue automáticamente el derecho a la pensión de alimentos. Si el hijo mayor no puede mantenerse por sí mismo debido a que continúa su formación académica o por cualquier otra causa que no le sea imputable, sigue teniendo derecho a recibir esta ayuda. El Artículo 142 del Código Civil sostiene que los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, así como la educación e instrucción del alimentista.

Derechos de los cónyuges

Además de los hijos, los cónyuges también pueden tener derecho a una pensión de alimentos en ciertos casos, especialmente cuando uno de ellos se encuentra en estado de necesidad. El Artículo 143 del Código Civil menciona que los cónyuges están obligados a prestarse alimentos recíprocamente en toda la extensión que señala el artículo precedente.

Derechos de ascendientes y descendientes

El deber de proporcionar alimentos no se limita a los hijos y cónyuges. También se extiende a los ascendientes y descendientes en situación de necesidad, conforme a lo establecido en el Artículo 143 del Código Civil.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

Derechos de los hermanos

En ciertos casos, los hermanos también pueden tener derecho a recibir una pensión de alimentos. El Artículo 144 del Código Civil establece que los hermanos solo se deben los auxilios necesarios para la vida cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación.

Procedimiento para reclamar la pensión de alimentos

Para reclamar la pensión de alimentos, es necesario seguir un procedimiento legal que requiere la intervención de un abogado especializado en derecho de familia. El proceso puede incluir la presentación de una demanda ante el juzgado competente, que evaluará la situación económica de ambas partes y determinará la cuantía de la pensión. En casos de divorcio o separación de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden establecer la pensión de alimentos en un convenio regulador que debe ser aprobado por un juez. Si no hay acuerdo entre las partes, será el juez quien determine la cuantía y las condiciones de la pensión de alimentos, basándose en las pruebas presentadas y en la situación económica de cada parte.

¿Cómo se establece la pensión alimenticia?

Establecer la pensión alimenticia es un proceso legal que busca garantizar que los hijos de padres separados o divorciados reciban el apoyo económico necesario para su bienestar. Este proceso puede ser complicado.

El primer paso para establecer la pensión alimenticia es intentar llegar a un acuerdo entre los progenitores. En muchos casos, los padres pueden consensuar la cantidad y las condiciones de la pensión sin necesidad de recurrir a un juez. Este acuerdo se suele plasmar en un convenio regulador, según el Artículo 90 del Código Civil, el juez revisará el acuerdo para asegurarse de que protege adecuadamente los intereses del menor.

Cuando los progenitores no pueden llegar a un acuerdo, es necesario que el juez intervenga para establecer la pensión alimenticia. Este proceso se lleva a cabo en un juicio contencioso de separación o divorcio, donde el juez determinará la cantidad y las condiciones de la pensión basándose en las pruebas presentadas por ambas partes.

En estos casos, el juez tomará una decisión tras evaluar varios factores, como las necesidades del hijo y la capacidad económica de ambos progenitores. La sentencia judicial es vinculante y debe ser cumplida por ambas partes, tal y como se indica en el Artículo 93 del Código Civil.

Factores que se tienen en cuenta para establecer la cuantía

El establecimiento de la cuantía de la pensión alimenticia no sigue una fórmula matemática exacta, pero se basa en una serie de factores que el juez o los progenitores deben tener en cuenta: 

  • Necesidades del hijo: gastos de alimentación, vivienda, vestimenta, asistencia médica, educación, y cualquier otro gasto necesario para su bienestar y desarrollo. Según el Artículo 142 del Código Civil, los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, así como la educación e instrucción del alimentista.
  • Capacidad económica de los progenitores: ingresos, patrimonio, y cualquier otra fuente de recursos. El juez evaluará la capacidad de cada progenitor para contribuir económicamente al bienestar del hijo sin desatender sus propias necesidades básicas.
  • Nivel de vida previo a la separación: el objetivo es mantener, en la medida de lo posible, la misma calidad de vida para los hijos, evitando que sufran una disminución significativa en su bienestar debido a la separación de los padres.
  • Otros hijos y cargas familiares: si alguno de los progenitores tiene otros hijos o responsabilidades familiares, estas también se tienen en cuenta al establecer la pensión alimenticia. El juez valorará cómo estas cargas adicionales afectan la capacidad del progenitor para pagar la pensión.

Una vez establecida la pensión alimenticia, su cumplimiento es obligatorio. Si el progenitor obligado no paga la pensión, el progenitor custodio puede iniciar un procedimiento de ejecución para reclamar las cantidades adeudadas. Según el Artículo 227 del Código Penal, el incumplimiento de la obligación de pagar la pensión de alimentos puede ser considerado un delito de abandono de familia, penado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.

¿Quién debe pagar la pensión alimenticia?

En la mayoría de los casos, el progenitor no custodio es quien debe abonar la pensión alimenticia. Sin embargo, en casos de custodia compartida también puede existir una pensión alimenticia si hay un desequilibrio económico entre los progenitores. El progenitor custodio recibe la pensión en nombre del hijo y debe destinarla a cubrir sus necesidades.

¿Cómo se paga la pensión alimenticia?

El pago de la pensión alimenticia debe fijarse, ya sea por convenio regulador a por decisión judicial y debe incluir: 

  1. Modalidades de pago

La pensión alimenticia puede ser abonada por distintos medios, dependiendo de lo que acuerden los progenitores o de lo que determine el juez en la sentencia de divorcio o separación: 

  • Pago periódico: es la forma más habitual de abonar la pensión alimenticia. Este método facilita el control y la regularidad del pago, asegurando que el progenitor custodio reciba los fondos necesarios de manera constante para cubrir las necesidades del hijo. El Artículo 93 del Código Civil establece que el juez determinará la forma y periodicidad de los pagos.
  • Pago por transferencia bancaria: el método más utilizado para el pago de la pensión es la transferencia bancaria, debido a su seguridad y facilidad de seguimiento. Mediante este método, el progenitor obligado transfiere la cantidad correspondiente cada mes a la cuenta bancaria del progenitor custodio. Este sistema proporciona un registro claro de los pagos realizados, algo muy útil en caso de disputas o necesidades de comprobación.
  • Domiciliación bancaria: otra opción es la domiciliación bancaria, donde el pago se carga automáticamente en la cuenta del progenitor obligado y se transfiere a la cuenta del progenitor custodio en una fecha predeterminada. Esta modalidad garantiza la puntualidad y reduce el riesgo de retrasos en el pago.
  • Cheque o efectivo: aunque menos común y generalmente no recomendado debido a la falta de trazabilidad, algunos acuerdos pueden incluir el pago mediante cheque o efectivo. En estos casos, es esencial obtener recibos firmados como comprobante de pago para evitar futuras disputas.
  1. Periodicidad del pago

La pensión alimenticia se paga durante todo el año, incluyendo periodos vacacionales y cualquier otro periodo en el que el hijo no resida con el progenitor custodio. Esto se debe a que la pensión se calcula como una cantidad anual que se prorratea mensualmente para facilitar su abono.

  1. Responsabilidades del deudor de la pensión

El deudor de la pensión, generalmente el progenitor no custodio, tiene la responsabilidad de realizar los pagos puntualmente y en la forma acordada o establecida judicialmente. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear graves consecuencias legales. Cualquier retraso o impago puede afectar negativamente al bienestar del hijo y causar tensiones entre los progenitores. Además, el incumplimiento reiterado puede llevar a acciones legales.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

¿Qué incluye la pensión de alimentos?

Esta pensión incluye los gastos esenciales y fundamentales para el bienestar y desarrollo del hijo: 

  • Sustento: este término abarca los gastos necesarios para la alimentación diaria del hijo. La alimentación adecuada es fundamental para el desarrollo físico y mental de los menores, y la pensión de alimentos debe cubrir los costes de una dieta equilibrada que satisfaga sus necesidades nutricionales.
  • Habitación: gastos relacionados con proporcionar un lugar seguro y adecuado donde el hijo pueda vivir. Esto incluye el alquiler o la hipoteca de la vivienda, los servicios públicos (agua, electricidad, gas) y otros costes asociados con el mantenimiento del hogar.
  • Vestimenta: incluye la ropa diaria, ropa de temporada, zapatos y cualquier otro artículo necesario para vestir adecuadamente al menor. 
  • Asistencia médica: incluye los costes de atención médica regular, tratamientos, medicamentos y cualquier otro gasto relacionado con la salud del hijo. También abarca los seguros médicos y cualquier tratamiento especializado que el menor pueda necesitar. 
  • Educación e instrucción: la educación es un pilar fundamental en el desarrollo de cualquier niño, y la pensión de alimentos debe garantizar que se cubran todos los gastos educativos:
    • Gastos escolares: matrículas, libros, materiales escolares, uniformes y otros costos relacionados con la educación del hijo. Según el Artículo 142 del Código Civil, los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.
    • Actividades extraescolares: la pensión de alimentos puede cubrir actividades extraescolares que contribuyan al desarrollo integral del menor, como deportes, música, arte y otros programas educativos.
    • Gastos universitarios: en el caso de hijos mayores que continúan sus estudios, la pensión de alimentos puede incluir gastos universitarios, como matrículas, libros y otros materiales necesarios para la educación superior, siempre que el hijo no haya alcanzado la independencia económica.
  • Gastos de embarazo y parto: en ciertos casos, la pensión de alimentos puede incluir los gastos asociados al embarazo y parto, especialmente si el hijo nació después de la separación de los progenitores. Estos gastos comprenden atención médica prenatal, hospitalización, parto y cualquier otro gasto relacionado con el nacimiento del hijo.
  • Gastos extraordinarios: estos gastos se dividen en necesarios y no necesarios, y suelen ser imprevistos y de naturaleza ocasional:
    • Gastos extraordinarios necesarios: son aquellos gastos imprevistos pero esenciales para el bienestar del hijo. Incluyen tratamientos médicos especiales, ortodoncias, gafas, y otros costes de salud que no se pueden prever pero que son indispensables. Según la jurisprudencia, estos gastos se deben cubrir independientemente del consentimiento del otro progenitor, aunque generalmente se busca un acuerdo entre ambos.
    • Gastos extraordinarios no necesarios: pueden incluir actividades extraescolares voluntarias, viajes escolares, clases particulares de idiomas o cualquier otra actividad que no sea estrictamente necesaria para el bienestar del hijo. Estos gastos requieren generalmente el consentimiento de ambos progenitores, y suelen ser compartidos entre ambos.
  • Otros gastos: la pensión de alimentos también puede cubrir otros gastos necesarios para el bienestar del hijo, dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso:  gastos de transporte o gastos de ocio 

¿Cómo se determina la cuantía de la pensión de alimentos?

Como ya hemos señalado, la determinación de la cuantía de la pensión de alimentos es un proceso complejo que requiere tener en cuenta diferentes factores para asegurar que el improte fijado sea justo y suficiente para cubrir las necesidades del hijo. Para establecerla además se utilizan distintos métodos de cálculo. 

  • Baremo orientativo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) facilita un baremo orientativo para ayudar a calcular la cuantía de la pensión de alimentos. Este baremo no es vinculante, pero sirve como guía para los jueces y abogados al establecer la pensión. Se basa en los ingresos de ambos progenitores y el número de hijos a cargo.
  • Proporcionalidad: el principio de proporcionalidad es fundamental en el cálculo de la pensión de alimentos. La cuantía debe ser proporcional tanto a los medios económicos de quien paga (el alimentante) como a las necesidades del hijo (el alimentista). Esto significa que no existe una fórmula matemática exacta, sino que se busca un equilibrio justo entre las posibilidades del progenitor y las necesidades del hijo.

Procedimiento judicial

Cuando los progenitores no pueden llegar a un acuerdo sobre la cuantía de la pensión de alimentos, es necesario que el juez intervenga para establecer el importe adecuado. Este procedimiento judicial incluye varias etapas:

  • Presentación de pruebas: ambas partes deben presentar pruebas que respalden sus ingresos, gastos y necesidades del hijo. Esto puede incluir declaraciones de ingresos, recibos de gastos, facturas médicas, matrículas escolares y cualquier otro documento relevante. El juez evaluará estas pruebas para determinar la situación económica de cada progenitor y las necesidades del hijo.
  • Audiencia y decisión del juez: tras la presentación de pruebas, se lleva a cabo una audiencia donde ambas partes pueden presentar sus argumentos. El juez escuchará a ambas partes y tomará una decisión basada en los factores mencionados anteriormente. La decisión del juez se reflejará en una sentencia que establecerá la cuantía de la pensión de alimentos, la forma de pago y cualquier otra condición relevante.

Actualización de la pensión

La cuantía de la pensión de alimentos no es fija y debe ser actualizada periódicamente para reflejar cambios en el coste de vida y las necesidades del hijo. Generalmente, se utiliza el Índice de Precios al Consumo (IPC) para ajustar la pensión anualmente. El Artículo 93 del Código Civil establece que el juez determinará las bases para la actualización de la pensión en la sentencia de divorcio o separación.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

Modificación de la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una obligación que puede ser modificada en función de las circunstancias cambiantes de los progenitores y del hijo beneficiario. La modificación de la pensión de alimentos puede solicitarse cuando existen cambios significativos en las condiciones económicas o personales de cualquiera de las partes. La modificación de la pensión de alimentos puede solicitarse cuando ocurren cambios sustanciales en las circunstancias que sirvieron de base para fijar la cuantía original. Estos cambios deben ser significativos y no meramente temporales:

  • Cambio en la situación económica del progenitor obligado a pagar: un cambio significativo en los ingresos del progenitor obligado a pagar la pensión puede justificar una modificación. Por ejemplo, si el progenitor pierde su empleo, sufre una reducción significativa en sus ingresos, o experimenta una mejora considerable en su situación económica.
  • Cambio en la situación económica del progenitor custodio: si el progenitor custodio experimenta un aumento o disminución sustancial en sus ingresos, esto también puede justificar una modificación de la pensión de alimentos. Por ejemplo, si el progenitor custodio obtiene un empleo mejor remunerado o, por el contrario, pierde su trabajo.
  • Cambio en las necesidades del hijo: las necesidades del hijo pueden cambiar con el tiempo. Por ejemplo, si el hijo comienza estudios universitarios, necesita atención médica especial o cualquier otro gasto que no se había previsto inicialmente, esto puede justificar una modificación de la pensión.
  • Cambio en las cargas familiares: si uno de los progenitores adquiere nuevas cargas familiares, como el nacimiento de otro hijo o la necesidad de cuidar a un familiar enfermo, esto puede afectar su capacidad para pagar o recibir la pensión de alimentos y justificar una modificación.

Procedimiento para solicitar la modificación

El procedimiento para solicitar la modificación de la pensión de alimentos supone presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado que dictó la sentencia original de divorcio o separación. 

La parte interesada debe presentar una demanda de modificación de medidas, en la que se detallen los cambios en las circunstancias que justifican la solicitud. Es recomendable contar con la asistencia de un abogado especializado en derecho de familia para preparar y presentar la demanda.

Ambas partes deben presentar pruebas que respalden sus alegaciones. Esto puede incluir documentos que demuestren cambios en los ingresos, gastos adicionales para el hijo o nuevos compromisos financieros, entre otros. Es necesario proporcionar pruebas suficientes y claras para apoyar la solicitud de modificación.

Una vez presentada la demanda y las pruebas, el juzgado celebrará una audiencia en la que ambas partes podrán exponer sus argumentos. El juez comprobará las pruebas y escuchará a ambas partes antes de tomar una decisión.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

El juez emitirá una resolución que puede aprobar o rechazar la solicitud de modificación de la pensión de alimentos. Si se aprueba la modificación, el juez fijará la nueva cuantía y las condiciones de la pensión. Esta resolución será vinculante y debe cumplirse.

Efectos de la modificación

La modificación de la pensión de alimentos puede tener efectos tanto al alza como a la baja, dependiendo de las circunstancias del caso:

  • Aumento de la cuantía: si las necesidades del hijo aumentan o la capacidad económica del progenitor obligado mejora, la cuantía de la pensión puede incrementarse. Esto asegura que el hijo reciba el apoyo económico necesario para cubrir sus nuevas necesidades.
  • Reducción de la cuantía: si el progenitor obligado a pagar sufre una disminución significativa en sus ingresos o si las necesidades del hijo disminuyen, la cuantía de la pensión puede reducirse. Esto garantiza que el progenitor no quede sobrecargado financieramente.

En algunos casos, la modificación de la pensión puede ser temporal, ajustándose solo durante el periodo en que persistan las circunstancias que justificaron la modificación. Por ejemplo, si un progenitor pierde su empleo temporalmente, la modificación puede ser revisada una vez que su situación laboral mejore.

Por otro lado, es importante tener en cuenta varias consideraciones legales al solicitar la modificación de la pensión de alimentos:

  • Buena fe y prueba de cambio significativo: el solicitante debe actuar de buena fe y proporcionar pruebas claras y convincentes de que ha habido un cambio significativo en las circunstancias. Sin pruebas adecuadas, el juez puede rechazar la solicitud de modificación.
  • Obligación de notificar: el progenitor que solicita la modificación debe notificar al otro progenitor de la demanda. Esto asegura que ambas partes tengan la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas ante el juez.
  • Efecto retroactivo: generalmente, las modificaciones de la pensión de alimentos no tienen efecto retroactivo, es decir, no se aplican a pagos ya realizados. La nueva cuantía suele aplicarse desde la fecha de la resolución judicial o desde la presentación de la demanda, según lo determine el juez.

Es importante destacar que la obligación de pagar la pensión de alimentos en su cuantía original continúa vigente hasta que el juez dicte una nueva resolución. El progenitor obligado no puede unilateralmente reducir o suspender los pagos sin una orden judicial que lo autorice.

Impago de la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una obligación legal destinada a garantizar el bienestar de los hijos tras la separación o divorcio de los progenitores. Cuando uno de los progenitores incumple con esta obligación, el progenitor custodio tiene varios recursos legales a su disposición para reclamar las cantidades adeudadas.

Consecuencias legales del impago

El impago de la pensión de alimentos puede dar lugar a diversas consecuencias legales, tanto en el ámbito civil como en el penal.

El progenitor custodio puede iniciar un procedimiento de ejecución para reclamar las cantidades adeudadas. Esto puede incluir medidas como el embargo de bienes, salarios y cuentas bancarias del progenitor incumplidor. El Artículo 578 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que se puede solicitar la ejecución forzosa de las sentencias que impongan una obligación de pago de una cantidad líquida.

El impago reiterado de la pensión de alimentos puede ser considerado un delito de abandono de familia. Según el Artículo 227 del Código Penal, este delito se castiga con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses si la pensión no se paga durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos. 

Además de las cantidades adeudadas, el progenitor custodio puede reclamar daños y perjuicios causados por el incumplimiento, como intereses por demora o gastos adicionales en los que haya incurrido debido al impago.

Procedimiento para reclamar las cantidades adeudadas

El progenitor custodio tiene varias vías legales para reclamar las cantidades adeudadas por el impago de la pensión de alimentos.

Reclamación civil

El procedimiento más común es la reclamación civil mediante la interposición de una demanda de ejecución de sentencia. Este procedimiento se lleva a cabo ante el juzgado que dictó la sentencia original de divorcio o separación:

  • Presentación de la demanda: el progenitor custodio debe presentar una demanda de ejecución, detallando las cantidades adeudadas y solicitando medidas específicas para asegurar el cobro.
  • Embargo de bienes: el juez puede ordenar el embargo de bienes, salarios y cuentas bancarias del progenitor incumplidor para cubrir las cantidades adeudadas.
  • Intervención de terceros: si el progenitor incumplidor tiene deudas con terceros, el juez puede ordenar que esos terceros paguen directamente al progenitor custodio.

Acciones penales

Si el impago es reiterado y cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 227 del Código Penal, el progenitor custodio puede presentar una denuncia penal por abandono de familia:

  • Presentación de la denuncia: el progenitor custodio debe presentar una denuncia ante la policía o el juzgado, detallando los períodos de impago.
  • Investigación y juicio: si la denuncia es admitida, se llevará a cabo una investigación y, en su caso, un juicio para determinar la culpabilidad del progenitor incumplidor y la imposición de penas correspondientes.

Medidas adicionales para asegurar el cumplimiento

Además de los procedimientos judiciales, existen otras medidas que pueden ayudar a asegurar el cumplimiento de la obligación de pagar la pensión de alimentos.

  • Fondo de garantía del pago de alimentos: en España, existe un fondo de garantía del pago de alimentos que puede proporcionar apoyo económico temporal al progenitor custodio en caso de impago. Este fondo está gestionado por el Ministerio de Justicia y tiene como objetivo garantizar que los menores no queden desprotegidos económicamente. El Real Decreto 1618/2007 regula el funcionamiento de este fondo, que puede adelantar parte de las cantidades adeudadas mientras se resuelve el procedimiento de ejecución.
  • Mediación familiar: en algunos casos, la mediación familiar puede ser una herramienta útil para resolver disputas relacionadas con el impago de la pensión de alimentos. La mediación permite que ambas partes lleguen a un acuerdo de forma amistosa y puede ser una alternativa más rápida y menos costosa que los procedimientos judiciales.
  • Acuerdos de pago: el progenitor incumplidor puede proponer un acuerdo de pago para saldar las cantidades adeudadas. Este acuerdo debe ser aceptado por el progenitor custodio y, preferiblemente, ratificado por el juez para garantizar su cumplimiento.

Prevención del impago

Para prevenir situaciones de impago de la pensión de alimentos, es recomendable tomar algunas precauciones:

  • Establecer mecanismos claros de pago: utilizar métodos de pago que dejen un registro claro, como la transferencia bancaria o la domiciliación, puede facilitar el seguimiento de los pagos y evitar disputas sobre la realización de los mismos.
  • Actualizar la pensión regularmente: asegurarse de que la pensión se actualiza regularmente de acuerdo con el IPC o según lo establecido en la sentencia judicial puede ayudar a mantener el valor real de la pensión y evitar problemas económicos que puedan llevar al impago.
  • Solicitar modificaciones cuando sea necesario: si las circunstancias económicas de cualquiera de los progenitores cambian significativamente, es importante solicitar una modificación de la pensión de alimentos en lugar de dejar de pagar unilateralmente. Esto asegura que la pensión se ajuste a las nuevas circunstancias y evita problemas legales.

Duración de la pensión de alimentos

La legislación española establece varios criterios que determinan la duración de la pensión de alimentos, teniendo en cuenta las necesidades del beneficiario y las circunstancias particulares de cada caso. 

Duración en función de la mayoría de edad

Según la legislación española, la pensión de alimentos no se extingue automáticamente cuando el hijo alcanza la mayoría de edad (18 años).

Para los hijos menores de edad, la pensión de alimentos es obligatoria y se mantiene hasta que alcanzan los 18 años. Durante este periodo, los progenitores tienen la responsabilidad de cubrir todas las necesidades básicas y educativas del menor.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

Para los hijos mayores de edad, la pensión de alimentos continúa siempre y cuando el hijo no haya alcanzado la independencia económica. Esto significa que si el hijo sigue estudiando o no tiene ingresos propios por causas que no le son imputables, el progenitor obligado deberá seguir abonando la pensión de alimentos. El Artículo 93 del Código Civil establece que «el juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer las necesidades del hijo».

Duración en función de la situación económica y educativa del hijo

La pensión de alimentos puede prolongarse más allá de la mayoría de edad si el hijo continúa sus estudios o formación y no puede mantenerse por sí mismo. Esto incluye estudios universitarios, formación profesional o másteres. La pensión se mantendrá mientras el hijo demuestre un rendimiento académico adecuado y la imposibilidad de generar ingresos suficientes para su mantenimiento.

Si el hijo mayor de edad tiene una discapacidad o una condición que le impide trabajar y mantenerse por sí mismo, la pensión de alimentos puede extenderse indefinidamente. En estos casos, la obligación de los progenitores de proporcionar sustento persiste mientras dure la situación de incapacidad.

Extinción de la pensión de alimentos

La pensión de alimentos se extingue cuando se dan ciertas condiciones específicas. Estas condiciones incluyen:

  • Independencia económica del hijo: la principal causa de extinción de la pensión de alimentos es que el hijo alcance la independencia económica. Esto ocurre cuando el hijo consigue un empleo estable que le permite mantenerse por sí mismo sin necesidad de la ayuda económica de sus progenitores. La independencia económica supone la capacidad del hijo para cubrir sus necesidades básicas y mantener un nivel de vida adecuado.
  • Cambio en las circunstancias económicas del progenitor: si el progenitor obligado a pagar la pensión sufre un cambio significativo en sus circunstancias económicas, como una pérdida de empleo o una disminución considerable de sus ingresos, puede solicitar una modificación o extinción de la pensión de alimentos. El Artículo 147 del Código Civil establece que la obligación de proporcionar alimentos cesará «cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya mejorado su fortuna, de modo que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia».
  • Mala conducta del hijo: en casos excepcionales, la pensión de alimentos puede extinguirse si el hijo muestra una conducta inapropiada que justifique la extinción de la obligación. Esto puede incluir una falta grave de aplicación en los estudios, comportamientos irresponsables o actos que demuestren que el hijo no está haciendo esfuerzos razonables para alcanzar la independencia económica.
  • Fallecimiento del alimentista o del alimentante: la pensión de alimentos se extingue automáticamente en caso de fallecimiento del hijo (alimentista). Asimismo, si el progenitor obligado a pagar la pensión fallece, la obligación se extingue, aunque puede ser sustituida por prestaciones de viudedad u orfandad si se cumplen los requisitos legales.

Procedimiento para solicitar la extinción o modificación

Para solicitar la extinción o modificación de la pensión de alimentos, es necesario seguir un procedimiento legal que generalmente requiere la intervención de un abogado especializado en derecho de familia.

El progenitor interesado en la extinción o modificación de la pensión de alimentos debe presentar una demanda de modificación de medidas ante el juzgado que dictó la sentencia original. Esta demanda debe incluir pruebas que demuestren el cambio en las circunstancias que justifica la solicitud. El juez evaluará las pruebas presentadas por ambas partes y tomará una decisión basada en la legislación vigente y las circunstancias particulares del caso. Si el juez considera que las circunstancias han cambiado significativamente, puede dictar una nueva resolución que modifique o extinga la pensión de alimentos.

Una vez que el juez dicta una resolución sobre la extinción o modificación de la pensión de alimentos, esta decisión es vinculante y debe ser cumplida por ambas partes. Es importante destacar que hasta que el juez no emita una nueva resolución, la obligación de pagar la pensión de alimentos en su cuantía original sigue vigente.

¿Necesitas un abogado experto en Familia?

Consulta con un abogado experto en derecho de Familia de tu zona. Accede a nuestra red de abogados de toda España y contacta con hasta 3 profesionales hoy mismo.

La pensión de alimentos es una herramienta legal que protege el bienestar de los hijos tras la separación o divorcio de los progenitores. Garantiza que los hijos puedan mantener un nivel de vida adecuado y cubrir sus necesidades esenciales, independientemente de la situación económica de sus padres. Comprender las obligaciones y derechos asociados con la pensión de alimentos es fundamental para todos los involucrados, y contar con el asesoramiento adecuado puede facilitar el cumplimiento de estas obligaciones y asegurar el bienestar de los menores.

¿Qué empresa trata tus datos?

Melendos Business S.L.

¿Por qué tratamos los datos que te pedimos?

Tratamos tus datos para poder prestarte los servicios de Melendos.

¿Cuál es la legitimación para este tratamiento de datos?

Estos datos son necesarios para llevar a cabo la prestación de los servicios que se hayan solicitado a través del Sitio Web.

¿Se van a hacer cesiones o transferencias con tus datos?

No se prevén transferencias internacionales de datos. Los datos podrán ser cedidos a profesionales del derecho con los que colaboremos, exclusivamente para gestionar tu solicitud.

¿Cuáles son mis derechos?

Puedes ejercitar tus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, oposición, limitación u olvido.
¿Tienes dudas? Tanto si tienes alguna duda o sugerencia como si quieres darte de baja ponte en contacto con nosotros enviando un email a la siguiente dirección: clientes@melendos.es.